Lo primero: identificar el régimen
Antes de cualquier valoración revisamos la titularidad registral, el régimen económico (gananciales, separación de bienes o participación) y, si existen, capitulaciones matrimoniales. Consulte régimen económico matrimonial, bienes gananciales y bienes privativos.
Caminos posibles
- Venta conjunta antes del divorcio. Ambos cónyuges firman, se reparte el dinero según pacto o convenio.
- Adjudicación a un cónyuge y venta posterior. Uno se queda con la vivienda compensando al otro y, si quiere, vende después.
- Venta forzosa por desacuerdo. Acción judicial de división de la cosa común. Es el camino más lento y caro: lo dejamos como último recurso.
Si la vivienda es habitual familiar
Aunque la titularidad sea de uno solo, el otro cónyuge debe consentir si la vivienda se considera familiar. Si hay hijos menores y atribución de uso, se requiere medida judicial específica antes de vender.
Hipoteca conjunta: tres soluciones
- Cancelación total con el dinero de la venta.
- Subrogación: uno de los cónyuges asume la hipoteca tras la adjudicación. Requiere conformidad del banco.
- Novación: cambio de condiciones para reflejar el nuevo titular único.
Impuestos a tener en cuenta
Plusvalía municipal e IRPF se aplican como en cualquier venta. La adjudicación entre cónyuges suele estar exenta de Transmisiones Patrimoniales si existe convenio regulador. Le hacemos simulación numérica antes de firmar para que vea el neto disponible.
Cómo lo hacemos en Promurcia
Coordinamos abogados de ambas partes, notaría, banco y, cuando hace falta, mediadores familiares. Le entregamos cronograma único y comunicación escrita compartida con ambos cónyuges. Discreción y respeto son principios no negociables. Antes de iniciar, solicite una valoración gratuita para conocer el valor de mercado actual del inmueble.